lunes, 19 de noviembre de 2018

LEYES DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA VINCULADAS AL P.N.F. EN INFORMATICA


Artículos 102, en el cual se consagra la educación como un derecho humano y donde el estado asume como un deber el conocimiento científico y tecnológico entre otras cosas.
Artículo 103 se plantea el derecho de toda persona a la educación en igual condiciones y oportunidades.
Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.
Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley.
Artículo 302. El Estado se reserva, mediante la ley orgánica respectiva, y por razones de conveniencia nacional, la actividad petrolera y otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de materias primas provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, con el fin de asimilar, crear e innovar tecnologías, generar empleo y crecimiento económico, y crear riqueza y bienestar para el pueblo.

Importancia de las TIC como herramienta para la democratizacion del conocimiento, la transformacion social y la emancipacion del ser humano


Es importante definir algunos términos que permitirán, comprender de una manera sencilla lo que se denomina Tecnologías de Información y Comunicación TIC. El término información, según señalan algunos autores es todo mensaje que logra disminuir la duda. Se define la comunicación como un proceso de intercambios de información e ideas cuyo resultado es la concreción de ideas nuevas o el reforzamiento de las ideas preconcebidas. En el mundo actual, las actividades humanas y las relaciones que subyacen a estas están centradas en la llamada revolución de la información y del conocimiento y tiene como base a las TIC.

Estas innovaciones favorecen enormemente el flujo de información y, por supuesto, mejoran las posibilidades de la comunicación humana y, en consecuencia, el desarrollo social. Por otra parte, también es importante reconocer la relación que existe entre los medios de comunicación social (radio, prensa, cine, TV) y las TIC, pues, se debe entender la evolución de la comunicación humana desde la perspectiva tecnológica dado que, históricamente, el hombre ha buscado satisfacer sus necesidades de información y comunicación.
El ser humano ha logrado evolucionar sus formas de comunicación: desde la escritura, pasando por la invención del alfabeto, dando un salto hasta la llegada de la imprenta, la aparición del teléfono, el cine, la radio y la televisión. Estos instrumentos han sido un avance en las formas de comunicación del hombre y, prácticamente, todos han sido posibles gracias a la tecnología que a su vez, ha determinado en gran medida el desarrollo de la humanidad.

El Plan Nacional de Alfabetización Nacional Tecnológica es una estrategia para el acceso al conocimiento, desarrollo y crecimiento de aquellos sectores excluidos del acceso a las mismas. En tal sentido, las TIC constituyen nuevas formas de conocimiento que se convierten en herramientas para formar las redes de comunicación y favorecer la incorporación masiva de saberes desde una perspectiva de soberanía de Estado e independencia tecnológica.

Para tan alto propósito, debe ser superada la visión de transferencia tecnológica por el de apropiación tecnológica e informática, es decir, que el sujeto pase de jugar un papel pasivo al de actor y socializador de las herramientas tecnológicas, siendo estas últimas factor primordial en la articulación de las redes populares y factor acelerante del buen desempeño de las organizaciones ya establecidas como Cooperativas, Consejos Comunales, Mesas Técnicas de Agua, Comités de Tierra, Comités de Salud, patriotas de la Misión Robinson, lanceros de la Misión Vuelvan Caras, comunidades, ciudadanos y ciudadanas emprendedores, visionarios y conscientes de la importancia de la apropiación del conocimiento y uso de las tecnologías de información para el crecimiento y desarrollo del país.

“Los pueblos de hoy quieren mejorar su suerte,…pueden mejorarla, porque nada se opone y dicen que a la instrucción todos tienen derecho…”, Simón Rodríguez: Sobre la Educación Republicana, 1849.

“Los conocimientos son propiedad pública, puede renunciarla una generación, pero no privar de ellos a las siguientes” (Ob. Cit.).
La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, establece en su artículo N° 2: “las actividades científicas, tecnológicas, de innovación y sus aplicaciones son de interés público y de interés general”. Ello explica por qué el nuevo modelo de país trasciende la visión parcelaria de las actividades científicas como un hecho proveniente de ejercicios académicos (como proyectos elaborados bajo estrictas condiciones de laboratorio) y otorga el derecho al pueblo a participar –desde su propio contexto– en la transformación nacional, partiendo del derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su preámbulo.

ELEMENTOS FILOSOFICOS QUE ORIENTAN EL ACCESO A LA EDUCACION, LA APROPIACION SOCIAL DEL CONOCIMIENTO Y EL ACCESO A LAS TIC


Los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), definen al Estado venezolano como: Democrático y Social, de Derecho y de Justicia, que propugna como "valores superiores: la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el pluralismo político".
"La defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, la profundización del ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa, solidaria, amante de la paz y garante del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados constitucionalmente". Se postula así al Estado como Social y se enfatiza la necesidad de que el Estado de respuesta a las necesidades sociales de la población asumiendo el principio de equidad como nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad venezolana. Ello exige construir una nueva condición de ciudadanía basada en el reconocimiento pleno y el ejercicio de los derechos de forma universal y equitativa. Mediante una democracia participativa y protagónica, en la cual se establece una relación de Estado con la sociedad, donde lo público es asumido por los actores sociales y por el Estado de forma corresponsable: los ciudadanos y las ciudadanas tienen derecho a participar.

ELEMENTOS CONSTITUCIONALES QUE ORIENTAN EL ACCESO A LA EDUCACION, LA APROPIACION SOCIAL DEL CONOCIMIENTO Y EL ACCESO A LAS TIC



Las tecnologías de la información han sido conceptualizadas como la integración y convergencia de la computación microelectrónica, las telecomunicaciones y la técnica para el procesamiento de datos, sus principales componentes son: el factor humano, los contenidos de la información, el equipamiento, la infraestructura material, el software y los mecanismos de intercambio electrónico de información, los elementos de política, regulaciones y los recursos fina
ncieros que constituyen el núcleo central de una trasformación multidimensional que experimenta la economía y la sociedad, de aquí lo importante que es el estudio y dominio de las influencias que tal transformación impone al ser humano como ente social, ya que tiende a modificar no solo sus hábitos y patrones de conducta, sino, incluso su forma de pensar.
Las TIC, se fundamentan legalmente de la siguiente manera: En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la parte educativa en el Art. 102, en el cual se consagra la educación como un derecho humano y donde el estado asume como un deber el conocimiento científico y tecnológico entre otras cosas, en el Art. 103 se plantea el derecho de toda persona a la educación en igual condiciones y oportunidades.

De igual manera LA LEY ORGÁNICA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y COMUNICACIÓN en su Art. 01 establece a esta ley como el instrumento que orienta en materia de ciencia y tecnología para fomentar la investigación científica y fomentar e impulsar el desarrollo nacional. En tal sentido, el decreto 825 de la presidencia de la República establece el uso de la INTERNET como política prioritaria para el desarrollo de la nación y el decreto 3390 establece el uso del SOFTWARE libre como uso obligatorio para la administración pública nacional.

La importancia del uso y apropiación de las TIC constituye nuevas formas para el acceso al conocimiento ya que tienden a convertirse en herramientas para el desarrollo del país, donde se sustenta que el termino de la información logre disminuir la incertidumbre, del mismo modo el TIC favorece enormemente el flujo de información y por supuesto mejora las posibilidades de la comunicación humana, el hombre ha logrado evolucionar sus formas de comunicación desde la escritura pasando por la invención del alfabeto, dando un salto hasta la llegada de la imprenta, conscientes de la importación del conocimiento y usos de las tecnologías de información para el crecimiento y desarrollo del país.

Principios y valores que orientan la ALFABETIZACION TECNOLOGICA


La alfabetización tecnológica, tiene como principio fundamental el dar educación y conocimiento a los venezolanos del uso adecuado y veras de la tecnología como herramienta de desarrollo social y productivo, de demostrar y dar a entender que hay principios de igualdad y libertad, como lo dictan los principios fundamentales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que definen al Estado Venezolano como "Democrático y Social, de Derechos y de Justicia que propugna como valores superiores: la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el pluralismo político. Los cuales tienen como sus fines esenciales (art. Nº 3) "la defensa y el desarrollo de la persona y el respecto a su dignidad, la profundización del ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa, solidaria amante de la paz y garante del cumplimiento de los principios derechos y deberes asumiendo el principio de equidad como nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad venezolana."

PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION ( 2005/2030 )


El Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se sustenta en el marco legal que establece la CRBV en su artículo 110 y en la LOCTI en sus artículos 11 al 19, de acuerdo a esa orientación, se recogió gran cantidad de opiniones a diferentes actores pertenecientes al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), acerca de cómo la Ciencia, la Tecnología y la Innovación contribuyen con el desarrollo del país. Para ello, se definió un marco de acción a 25 años, con la idea de recuperar la capacidad de soñar un mundo mejor y posible, a partir de una ciencia, tecnología e innovación con y para la gente.

Este plan producto de más de un año de consulta, marca el inicio para la aplicación del enfoque participativo en la formulación de políticas públicas en materia científico-tecnológica, cumpliendo con lo establecido en el marco legal de la República Bolivariana de Venezuela. En ese sentido, el PNCTI trató de captar la opinión de una amplia gama de diversos actores con respecto a las ventajas y desventajas actuales del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) y sus visiones estratégicas para lograr el desarrollo endógeno, sustentable y humano del país, con la finalidad de definir las líneas de política que desde el presente permitirían actuar en función de las visiones deseadas.

Para lograr este objetivo, se diseñaron un conjunto de instrumentos para la recolección, procesamiento, interpretación y análisis de la información, como cuestionarios, matrices, mapas, guiones, etc.) para ser coherentes con el diálogo de saberes, la inteligencia local y la diversidad cultural de los pueblos, generando con ello un diseño metodológico con un fuerte contenido filosófico y ético.

CREADOR DEL FACEBOOK


Mark Elliot Zuckerberg es un programador y empresario estadounidense, conocido por ser el creador de Facebook. Para desarrollar la red, Zuckerberg contó con el apoyo de sus compañeros de Harvard, el coordinador de ciencias de la computación y sus compañeros de habitación Eduardo Saverin, Dustin Moskovitz, y Chris Hughes. A la fecha abril de 2018 es el personaje más joven que aparece en la lista de multimillonarios de la revista Forbes, con una fortuna valorada en US $ 63 300 millones de dólares, clasificándole como la quinta persona más rica del mundo. Fue nombrado como Persona del Año en 2010 por la publicación estadounidense Time.